Las cesantías son una prestación social establecida por la ley para amparar al trabajador cuando éste queda cesante o desempleado. Todo empleador tiene la obligación de reconocérselas a sus trabajadores al terminar la relación laboral si no han sido depositadas en su fondo.
¿COMO SE PAGAN LAS CESANTIAS?
EN ABONO EN CUENTA INDIVIDUAL:
Para acceder a este servicio, el afiliado debe diligenciar el formato de solicitud en cualquiera de nuestras oficinas, donde indica a cual número de cuenta bancaria desea consignar el dinero correspondiente a sus Cesantías.
EN CHEQUE:
Se da un servicio de cheque para aquellos casos donde no sea posible tramitar el retiro por abono en cuenta. El cheque se puede cambiar en las oficinas de las entidades bancarias que le indiquen los asesores.
• Cuando el empleador no está al día en el pago de las cesantías, la entidad puede realizar el cobro al empleador;
¿Cómo hago para que a al empresa se le haga gestión de cobro por no pago?
La sociedad Administradora del Fondo de Cesantías puede representar al trabajador en las acciones que se adelanten con motivo de incumplimiento del empleador en la liquidación o el pago de auxilio de cesantías. Lo anterior está consagrado en el inciso 2 del artículo 104 de la Ley 50/1990.
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Hace 13 años
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